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Ciencia de acceso libre

El concepto de [«Copyleft»:http://www.gnu.org/copyleft/copyleft.es.html], ejemplificado y extendido por las licencias de «Creative Commons»:http://creativecommons.org/ está empezando a generalizarse. Para el que no sepa de lo que estoy hablando, en contraposición a los derechos de autor tradicionales (Copyright), el Copyleft, más flexible, permite que los autores indiquen casos en los que permiten el uso y disfrute de sus obras «libres de derechos».
Por ejemplo, los contenidos de esta página web se acogen a la licencia «Copyleft de Creative Commons»:http://creativecommons.org/licenses/by-nc/2.0/ y pueden ser copiados, reproducidos y cambiados, si se da el correspondiente crédito al autor y salvo que se vaya a hacer un uso comercial.
El Copyleft se ha estado aplicando principalmente a obras escritas, musicales y audiovisuales, pero uno de los usos donde puede llegar a tener un impacto realmente revolucionario es en el mundo de la ciencia.
La creación científica ha sufrido en las últimas décadas un cambio espectacular. La aparición de Internet ha tenido en los científicos uno de sus más intensos usuarios. Internet ha permitido que los datos científicos se compartan mejor y más rápido. Se han creado innumerables bases de datos que engloban inmensas cantidades de datos científicos, y que podrían posibilitar un avance científico espectacular. Pero hay un problema, muchos de estos datos empiezan a estar patentados.
**¿Patentar los datos, los hechos? ¿Cómo?**
Pues si, las compañías científicas privadas que trabajan con ciencia básica, en vez de patentar las posibles creaciones que derivaran de sus descubrimientos, empezaron a patentar los hechos en sí. Por lo tanto, cualquier uso futuro de esa información estaría sujeto a los correspondientes derechos. Posteriormente, la ciencia pública a adoptado las mismas prácticas.
Esta idea amenaza claramente el avance científico. Justo cuando la tecnología actual permite el intercambio rápido de información, ésta empieza a estar sujeta a múltiples restricciones legales y derechos varios.
Otra vertiente todavía más increíble del asunto es la distribución o publicación de los datos. Cuando un científico realiza un descubrimiento, su manera de darlo a conocer es publicarlo en una revista científica. Éste es el resultado final, no vale con descubrir algo, si no se publica, es como si no se hubiera descubierto. Pero las editoriales científicas son mayoritariamente privadas, y por lo tanto, los derechos de la publicación pasan a ser de la editorial. El asunto es risible, al publicar algo, lo das a conocer, pero pierdes los derechos. Si quieres volver a hablar de tus propios datos, tienes que pedir permiso a la editorial, que puede o no dártelo. Además, la lectura de los artículos necesita de suscripciones bastante caras, que investigadores e instituciones con bajo presupuesto no se pueden permitir. Ésto limita mucho la distribución de los avances científicos.
**¿Soluciones?**
Una solución a este gran problema puede ser el proyecto «[«Science Commons»:http://creativecommons.org/projects/science/proposal]». Los datos científicos acogidos a este tipo de licencias serían de dominio público excepto que se fuera a hacer de ellos un uso comercial.
Una institución científica que ya se ha acogido a las licencias Creative Commons es «The Public Library of Science»:http://www.publiclibraryofscience.org/ (PLOS). Ésta organización está creando revistas científicas de dominio público, donde los artículos son de libre acceso y no están sujetos licencias de publicación. Su distribución es totalmente pública y gratuíta. A saber:

PLoS endorses this definition of open access publication drafted by the Bethesda Meeting on Open Access Publishing. However, PLoS has chosen to apply the less-restrictive Creative Commons Attribution License to all works we publish.
An Open Access Publication^[1]^ is one that meets the following two conditions:
1. The author(s) and copyright holder(s) grant(s) to all users a free, irrevocable, worldwide, perpetual right of access to, and a license to copy, use, distribute, transmit and display the work publicly and to make and distribute derivative works, in any digital medium for any responsible purpose, subject to proper attribution of authorship,^[2]^ as well as the right to make small numbers of printed copies for their personal use.
2. A complete version of the work and all supplemental materials, including a copy of the permission as stated above, in a suitable standard electronic format is deposited immediately upon initial publication in at least one online repository that is supported by an academic institution, scholarly society, government agency, or other well-established organization that seeks to enable open access, unrestricted distribution, interoperability, and long-term archiving (for the biomedical sciences, PubMed Central is such a repository).
–[1] Open access is a property of individual works, not necessarily journals or publishers.–
–[2] Community standards, rather than copyright law, will continue to provide the mechanism for enforcement of proper attribution and responsible use of the published work, as they do now.–

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8 comentarios en «Ciencia de acceso libre»

  1. El gran problema de los derechos de autor en las investigaciones científicas es el gran negocio que supone para las editoriales especializadas la venta de tales artículos a unos precios absolutamente desorbitados que no están en ningún momento justificados ni por el pago de derechos ni por los costos de publicación y distribución.

  2. Y luego está el tema del control sobre lo que sale a la luz en cada campo científico: el control sobre la investigación se ejerce también desde estas editoras y sus comités científicos: Se publica lo que ellos quieren y se investiga lo que dejan publicar. Ese círculo vicioso es muy fuerte.

  3. El asunto, se mire por donde se mire, está fuera de toda lógica.
    No se las razones históricas que han llevado a este monopolio «de facto» de las editoriales científicas (como Elsevier, Wiley o Highwire), pero me encanta que se les empiece a complicar el negocio.

  4. Fijate que cuando apareció esto de internet y las ediciones electrónicas parecía que se les iba a acabar el chollo y sin embargo han sabido adaptarse tan perfectamente, que ahora sacan más beneficios por las ediciones electrónicas de los artículos que por las de papel, cuando el coste es mucho menor.

  5. A los científicos en España tanto los que tienen plaza como los que están opositando se les «valora» por número de publicaciones y en que revistas (índice de impacto).
    Así, un científico que tiene que estar solicitando subvenciones, becas y/o ayudas no le compensa publicar en un «sitio» donde no va a ser valorada (cuantificada) la publicación. Da lo mismo que la publicación sea de alta calidad, a la hora de presentar el CV quién evalua no se fija en el contenido sino en la revista. Y un punto puede representar tener financiación o no.

  6. Es cierto que si t estás presentando a un plaza-beca-contrato, no te interesa publicar en revistas nuevas que todavía no hayan computado los años suficientes para tener un valor de «índice de impacto».
    Pero que la revista sea de «acceso libre» nada tiene que ver con su «índice de impacto».
    De hecho, la revista PLOS Biology, va a tener un índice de impacto similar a Science o Nature (Juzgando por su panel editorial, y por la calidad de los artículos).

  7. A pesar de los adelantos en materia de comunicaciones digitales , los gobiernos no se han sentado a plasmar leyes o normas que permitan regular el libre acceso a la carretera de la informacion , situacion por la cual las restricciones legales son desconocidas, situacion que nos preocupa en un mundo donde la internet avanza a pasos agigantados , permitiendo que cada rincon del planeta se conosca entre si.

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