Enlaces de interés para los trabajadores extranjeros que puedan acceder al proceso de regularización:
– [«Página principal del Ministerio de Trabajo»:http://www.mtas.es/migraciones/proceso2005/default.htm]; Servicio de Atención Telefónica : 902 401 015
– [«Centros de Recepción de las solicitudes»:http://www.mtas.es/migraciones/proceso2005/mapa.htm], por provincias.
– [«Centros Colaboradores de Información»:http://www.mtas.es/migraciones/proceso2005/CentrosInformacion/mapa.htm], por provincias.
– [«Modelos de solicitudes»:http://www.mtas.es/migraciones/proceso2005/ModelosSolicitud.htm].
Plazo de presentación: Hasta el 7 de mayo 2005 (¡Cuidado, en algunos sitios ponía el 30 de Abril!). Recordar una vez más los tres requisitos necesarios:
1. Estar empadronado en un municipio español desde antes del 31 de julio 2004, o sea, seis meses.
2. Contrato de trabajo de al menos 6 meses de duración. El contrato estará condicionado a la entrada en vigor de la autorización de residencia y trabajo solicitada.
3. Certificado de Antecedentes Penales.
Resumiendo, esta es la documentación que hay que llevar:
– Pasaporte en vigor
– Certificado del padrón municipal
– Fotografías
– Certificado de penales del país de origen
– Contrato de trabajo
– Impreso de solicitud
– Después de la resolución, acreditación de la afiliación y alta
¡Suerte!
es incorrecto el dato de la fecha de empadronamiento ya que se admiten a los empadronados hasta el 7 de agosto de 2004