{"id":577,"date":"2005-07-20T15:44:13","date_gmt":"2005-07-20T15:44:13","guid":{"rendered":"http:\/\/junjan.org\/wordpress\/?p=577"},"modified":"2005-07-20T15:44:13","modified_gmt":"2005-07-20T15:44:13","slug":"impunidad_del_franquismo","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/junjan.org\/wordpress\/2005\/07\/impunidad_del_franquismo\/","title":{"rendered":"Impunidad del franquismo"},"content":{"rendered":"<p>El informe de Amnist\u00eda Internacional \u00ab[\u00abEspa\u00f1a: poner fin al silencio y a la injusticia\u00bb:http:\/\/www.es.amnesty.org\/esp\/docs\/victimas_franquismo.pdf]\u00bb  (PDF) pone el dedo en la llaga.<br \/>\n<strong>Presentaci\u00f3n del documento:<\/strong><\/p>\n<blockquote><p>Durante la Guerra Civil espa\u00f1ola (1936-1939) y luego bajo el r\u00e9gimen franquista (1939-1975), fueron numerosas las v\u00edctimas de graves abusos que en el momento de ser perpetrados, el derecho internacional prohib\u00eda de modo absoluto. As\u00ed, estaban reconocidos como cr\u00edmenes contra el derecho internacional: la tortura, las ejecuciones extrajudiciales; los ataques contra poblaci\u00f3n civil y otros abusos considerados cr\u00edmenes de guerra; la persecuci\u00f3n pol\u00edtica, religiosa o racial y otros actos definidos por su naturaleza y gravedad como cr\u00edmenes contra la humanidad.<br \/>\nLa \u00fanica versi\u00f3n oficial sobre lo ocurrido fue la producida y trasmitida a la sociedad espa\u00f1ola por el r\u00e9gimen instaurado en 1939. Concluido el r\u00e9gimen franquista, tales cr\u00edmenes no fueron objeto de esclarecimiento imparcial, ni fueron tomados en cuenta los derechos de las v\u00edctimas que hab\u00edan sido privadas de reparaci\u00f3n y recursos eficaces para que se respetaran sus derechos, determinar la verdad y obtener justicia. Durante los gobiernos de la transici\u00f3n y durante gobiernos posteriores, los derechos de numerosas v\u00edctimas y sus familias a la verdad y a la justicia permanecieron negados de forma absoluta, mientras que el derecho a la reparaci\u00f3n qued\u00f3 restringido a unas m\u00ednimas medidas compensatorias econ\u00f3micas no derivadas propiamente de la condici\u00f3n reconocida de v\u00edctima de abusos recogidos por el derecho internacional. Incluso las limitadas y tard\u00edas compensaciones dispuestas, acabaron resultando inaccesibles para diversas v\u00edctimas por los requisitos requeridos y las dificultades encontradas para acreditarlos.<br \/>\nResponder por actos u omisiones que contravienen normas reconocidas por el derecho internacional, es parte consustancial a un r\u00e9gimen de Derecho. En el momento en el que ocurrieron los hechos de los que se ocupa este informe, ya era reconocida la responsabilidad internacional de un Estado por contravenir su obligaci\u00f3n de garantizar el derecho de las v\u00edctimas a reparaci\u00f3n y a interponer recursos.<br \/>\nCuando se niega de modo absoluto la verdad y la justicia como ha ocurrido en Espa\u00f1a con numerosas personas que sufrieron abusos durante la Guerra Civil y el r\u00e9gimen franquista, se afecta de modo sustancial su derecho a obtener reparaci\u00f3n. Cuando se ofrecen compensaciones desvinculadas del hecho il\u00edcito, sin que se haga reconocimiento p\u00fablico del car\u00e1cter repudiable del acto que las victimiz\u00f3 y sin esclarecer las circunstancias que rodearon el crimen ni la responsabilidad de sus autores; adem\u00e1s de vulnerar por segunda vez los derechos de v\u00edctimas concretas, se pierde la funci\u00f3n preventiva contenida en las garant\u00edas de no repetici\u00f3n, contemplada por el derecho internacional como forma de reparaci\u00f3n.<br \/>\nSin investigaci\u00f3n judicial ni recursos disponibles para conocer la verdad de las circunstancias que rodearon los abusos cometidos, tambi\u00e9n se impide la reparaci\u00f3n del estigma padecido por las v\u00edctimas y sus familias en el interior de la sociedad. En Espa\u00f1a han sido numerosas las v\u00edctimas de persecuci\u00f3n pol\u00edtica, religiosa, racial, de ejecuci\u00f3n extrajudicial, desaparici\u00f3n, tortura, encarcelamiento arbitrario, de condena a penas crueles en procesos injustos. A todos ellos se les ha privado del derecho a la verdad, como forma de reparaci\u00f3n moral y medio id\u00f3neo para recuperar su dignidad.<br \/>\nLa naturaleza de ciertos cr\u00edmenes exige medidas reparadoras especialmente valoradas por las v\u00edctimas. As\u00ed, en los casos de desaparici\u00f3n forzada, ejecuciones extrajudiciales, seguidas de enterramientos clandestinos u ocultamiento de los cad\u00e1veres, con la consiguiente imposibilidad de las familias de dar sepultura digna a los restos de las v\u00edctimas; el ofrecimiento de declaraciones simb\u00f3licas o compensaciones econ\u00f3micas, sin derecho a la verdad, incumple de modo manifiesto el deber de reparar. Para estas v\u00edctimas y sus familias es central el derecho a la restituci\u00f3n, componente del derecho a la reparaci\u00f3n, lo que exige que se haga efectivo el derecho a saber.<br \/>\nLas pol\u00edticas de olvido sobre cr\u00edmenes del pasado, adem\u00e1s de afectar los derechos de quienes padecieron tales abusos tambi\u00e9n tienen consecuencias sobre la sociedad en general. Con el objeto de prevenir futuras violaciones, un Estado tiene la obligaci\u00f3n de demostrar su compromiso con los derechos humanos y adoptar todas las medidas necesarias para evitar que esos hechos vuelvan a ocurrir en el futuro. Las pol\u00edticas de perd\u00f3n y olvido de cr\u00edmenes tan graves como la tortura, no son el camino para evitar que se cometan nuevos abusos, sino la v\u00eda m\u00e1s r\u00e1pida de que \u00e9stos se repitan.<br \/>\nAunque en Espa\u00f1a existen voces que reclaman pasar p\u00e1gina respecto de los cr\u00edmenes del pasado, Amnist\u00eda Internacional encuentra motivos actuales y vigentes para dirigirse al Estado y a la sociedad espa\u00f1ola, basados en los derechos de las v\u00edctimas. Para Amnist\u00eda Internacional, los derechos de las v\u00edctimas de graves abusos, entre ellos los cr\u00edmenes m\u00e1s atroces que ofenden a la humanidad, constituyen un motivo principal de la acci\u00f3n de la organizaci\u00f3n. De modo consistente, Amnist\u00eda Internacional se ha pronunciado en las diversas regiones en el mundo para poner fin a la doble injusticia. Espa\u00f1a no es una excepci\u00f3n. Los derechos de las v\u00edctimas, sus necesidades y el respeto inherente a su dignidad deben contar para el Estado espa\u00f1ol y nada puede justificar que se les d\u00e9 la espalda.<br \/>\nAl hacerlo, la organizaci\u00f3n toma en consideraci\u00f3n que durante la guerra civil fueron cometidos abusos graves atribuidos a autores pertenecientes a ambos bandos, y reclama de todas las autoridades y de los diversos sectores de la sociedad, el m\u00e1ximo respeto por todas las v\u00edctimas que padecieron actos inhumanos en dicho per\u00edodo de la historia, independientemente de afinidades ideol\u00f3gicas, pol\u00edticas, religiosas o de otra \u00edndole. Advertido ello, cualquier examen imparcial no puede ignorar el trato desigual e inequitativo que un Estado a trav\u00e9s de su legislaci\u00f3n, pol\u00edticas y actuaciones puede haber establecido entre las v\u00edctimas, vulnerando el principio de igualdad en dignidad y derechos de todas las personas. En Espa\u00f1a, para aquellas v\u00edctimas y sus familias que fueron privadas de derechos, los a\u00f1os transcurridos no tienen otro significado que el de una prolongada injusticia.<br \/>\nEl 20 de noviembre de 2002 fue aprobada una Proposici\u00f3n no de Ley que por primera vez abord\u00f3 el reconocimiento de las v\u00edctimas de la Guerra Civil y del r\u00e9gimen franquista en sede parlamentaria del Estado espa\u00f1ol. Desde entonces, Amnist\u00eda Internacional ha seguido con atenci\u00f3n la respuesta por parte de las autoridades y poderes p\u00fablicos al respecto, a la vez que ha estado en contacto con las asociaciones de familiares de v\u00edctimas de cr\u00edmenes atroces como la desaparici\u00f3n forzada y las ejecuciones extrajudiciales, as\u00ed como con otras organizaciones que emprendieron iniciativas para la recuperaci\u00f3n de la memoria hist\u00f3rica.<br \/>\nEn los \u00faltimos tres a\u00f1os, la organizaci\u00f3n integr\u00f3 dentro de sus preocupaciones la deuda pendiente con las v\u00edctimas de la guerra civil espa\u00f1ola y del franquismo. En esta l\u00ednea ha dirigido peticiones tanto al anterior gobierno como al actual. En las entrevistas sostenidas por Irene Khan, Secretaria General de Amnist\u00eda Internacional, con el Presidente de Gobierno en junio de 2004 y con la Vicepresidenta del Gobierno en marzo de 2005, la organizaci\u00f3n ha insistido en que se brinde una respuesta conforme a las normas internacionales en esta materia. En momentos en que la actual administraci\u00f3n espa\u00f1ola prepara una respuesta con medidas hacia las v\u00edctimas de la Guerra Civil y del r\u00e9gimen franquista, Amnist\u00eda Internacional ha considerado<br \/>\nrelevante ofrecer este informe a trav\u00e9s del cual nuestra organizaci\u00f3n aborda las obligaciones del Estado espa\u00f1ol respecto de aquellas v\u00edctimas cuyos derechos no han obtenido respuesta hasta hoy d\u00eda, conforme al marco internacional aplicable.4 Un informe que incluye recomendaciones para avanzar. La distancia y brechas abiertas en el cumplimiento de sus obligaciones internacionales sobre la materia, constituyen los puntos cr\u00edticos tratados por este informe.<br \/>\nLa relevancia de este informe queda subrayada con la reciente aprobaci\u00f3n en la Comisi\u00f3n de Derechos Humanos de Naciones Unidas de los <em>\u201cPrincipios y directrices b\u00e1sicos sobre el derecho de las v\u00edctimas de violaciones de las normas internacionales de derechos humanos y del derecho internacional humanitario a interponer recursos y obtener reparaciones\u201d<\/em>. Dicho \u00f3rgano, tras 15 a\u00f1os de trabajo y de un amplio proceso consultivo, ha reunido y aclarado las obligaciones ya existentes establecidas por el derecho internacional. Espa\u00f1a tiene la oportunidad de asumir tal instrumento como gu\u00eda para dar una respuesta a las v\u00edctimas de la guerra civil y del r\u00e9gimen franquista a quienes el Estado espa\u00f1ol, a trav\u00e9s de sus sucesivos gobiernos, priv\u00f3 del derecho a reparaci\u00f3n y a interponer recursos. Es en torno a tales indicaciones sobre las que reposa el n\u00facleo duro de esa deuda pendiente que no admite m\u00e1s postergaciones.<br \/>\nNuestro agradecimiento a las asociaciones de familiares y organizaciones que nos hicieron un lugar como parte observadora en sus esfuerzos para la localizaci\u00f3n de fosas y exhumaci\u00f3n de restos. Amnist\u00eda Internacional quiere expresar profunda gratitud a todas las personas, v\u00edctimas y testigos que nos abrieron sus testimonios sobre lo ocurrido. La organizaci\u00f3n tambi\u00e9n quiere dejar constancia de la disposici\u00f3n encontrada en la gente por elaborar, como duelo colectivo, los cr\u00edmenes del pasado, y ha valorado como ejemplar el respeto mostrado a la hora de honrar a quienes sufrieron graves abusos.<\/p><\/blockquote>\n<p>Ver adem\u00e1s:<br \/>\n&#8211;  \u00abEspa\u00f1a, un caso ins\u00f3lito de impunidad\u00bb:http:\/\/news.bbc.co.uk\/hi\/spanish\/international\/newsid_4696000\/4696473.stm (BBCMundo)<br \/>\n&#8211; \u00abAmnesty in call for civil war justice\u00bb:http:\/\/www.guardian.co.uk\/spain\/article\/0,2763,1531407,00.html (The Guardian)<br \/>\n&#8211; \u00abAI pide que se salde &#8216;la deuda&#8217; con las v\u00edctimas de la Guerra Civil\u00bb:http:\/\/www.elmundo.es\/elmundo\/2005\/07\/18\/solidaridad\/1121698864.html (El Mundo)<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>El informe de Amnist\u00eda Internacional \u00ab[\u00abEspa\u00f1a: poner fin al silencio y a la injusticia\u00bb:http:\/\/www.es.amnesty.org\/esp\/docs\/victimas_franquismo.pdf]\u00bb (PDF) pone el dedo en la llaga. Presentaci\u00f3n del documento: Durante la Guerra Civil espa\u00f1ola (1936-1939) y luego bajo el r\u00e9gimen franquista (1939-1975), fueron numerosas las v\u00edctimas de graves abusos que en el momento de ser perpetrados, el derecho internacional prohib\u00eda&hellip;&nbsp;<a href=\"https:\/\/junjan.org\/wordpress\/2005\/07\/impunidad_del_franquismo\/\" rel=\"bookmark\">Leer m\u00e1s &raquo;<span class=\"screen-reader-text\">Impunidad del franquismo<\/span><\/a><\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":0,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"neve_meta_sidebar":"","neve_meta_container":"","neve_meta_enable_content_width":"","neve_meta_content_width":0,"neve_meta_title_alignment":"","neve_meta_author_avatar":"","neve_post_elements_order":"","neve_meta_disable_header":"","neve_meta_disable_footer":"","neve_meta_disable_title":"","footnotes":""},"categories":[5],"tags":[],"class_list":["post-577","post","type-post","status-publish","format-standard","hentry","category-actualidad"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/junjan.org\/wordpress\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/577","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/junjan.org\/wordpress\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/junjan.org\/wordpress\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/junjan.org\/wordpress\/wp-json\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/junjan.org\/wordpress\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=577"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/junjan.org\/wordpress\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/577\/revisions"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/junjan.org\/wordpress\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=577"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/junjan.org\/wordpress\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=577"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/junjan.org\/wordpress\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=577"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}