{"id":692,"date":"2005-12-16T22:30:55","date_gmt":"2005-12-16T22:30:55","guid":{"rendered":"http:\/\/junjan.org\/wordpress\/?p=692"},"modified":"2011-06-25T02:09:59","modified_gmt":"2011-06-25T00:09:59","slug":"aleluya","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/junjan.org\/wordpress\/2005\/12\/aleluya\/","title":{"rendered":"\u00a1Aleluya!"},"content":{"rendered":"<p><strong>La Comisi\u00f3n pide a Espa\u00f1a que modifique el trato dado a las entregas de bienes con destino a la Iglesia Cat\u00f3lica.<\/strong><\/p>\n<blockquote><p>La Comisi\u00f3n Europea ha decidido enviar a Espa\u00f1a una solicitud oficial para que adapte al Derecho comunitario ciertos compromisos fiscales que contrajo con arreglo al \u00abAcuerdo entre el Estado espa\u00f1ol y la Santa Sede sobre Asuntos Econ\u00f3micos\u00bb, de 3 de enero de 1979. Espa\u00f1a sostiene que el Acuerdo en cuesti\u00f3n le obliga a aplicar una exenci\u00f3n del Impuesto sobre el Valor A\u00f1adido (IVA) a determinadas entregas de bienes con destino a la<br \/>\nIglesia Cat\u00f3lica. Esta exenci\u00f3n no est\u00e1 autorizada con arreglo al r\u00e9gimen del IVA de la Comunidad Europea establecido en la Sexta Directiva del IVA (77\/388\/CEE). La Comisi\u00f3n ha dejado claro que ello no impedir\u00e1 a Espa\u00f1a pagar cierta compensaci\u00f3n financiera a la Iglesia Cat\u00f3lica a cambio de los impuestos que la Iglesia deber\u00e1 pagar a las autoridades fiscales espa\u00f1olas.<br \/>\nLa solicitud adopta la forma de \u00abdictamen motivado\u00bb con arreglo al art\u00edculo 226 del Tratado CE. En caso de que Espa\u00f1a no responda satisfactoriamente al dictamen motivado en un plazo de dos meses, la Comisi\u00f3n podr\u00e1 remitir el asunto al Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas. En Espa\u00f1a, las entregas de bienes muebles e inmuebles vinculados a la actividad religiosa efectuadas por comerciantes con destino a la Iglesia Cat\u00f3lica est\u00e1n exentas del IVA. Ninguna disposici\u00f3n de la Sexta Directiva del IVA permite dicha exenci\u00f3n, y las autoridades espa\u00f1olas as\u00ed lo han reconocido en su correspondencia con la Comisi\u00f3n Europea.<br \/>\nNo obstante, las autoridades espa\u00f1olas han declarado que el fundamento jur\u00eddico de la exenci\u00f3n est\u00e1 en el \u00abAcuerdo entre el Estado espa\u00f1ol y la Santa Sede sobre Asuntos Econ\u00f3micos\u00bb, de 3 de enero de 1979. Argumentan que se trata de un acuerdo internacional celebrado con anterioridad a la adhesi\u00f3n de Espa\u00f1a a la Comunidad Europea, por lo que la exenci\u00f3n est\u00e1 contemplada en el p\u00e1rrafo primero del art\u00edculo 307 del Tratado CE. En dicho p\u00e1rrafo se establece que los derechos y obligaciones que resulten de acuerdos internacionales celebrados por un Estado miembro con un tercer pa\u00eds con anterioridad a la fecha de su adhesi\u00f3n no se ver\u00e1n afectados por las disposiciones del Tratado CE.<br \/>\nEn respuesta, la Comisi\u00f3n ha se\u00f1alado que el p\u00e1rrafo segundo del art\u00edculo 307 obliga a Espa\u00f1a, en la medida en que el Acuerdo sea incompatible con el Tratado CE, a \u00abrecurrir a todos los medios apropiados para eliminar las incompatibilidades que se hayan observado\u00bb. Ello podr\u00eda incluso llevar, seg\u00fan la jurisprudencia del Tribunal de Justicia, a la denuncia del Acuerdo. Espa\u00f1a no ha recurrido hasta el momento a dichos medios.<br \/>\nPor otra parte, la Comisi\u00f3n se\u00f1ala que el Acuerdo con la Santa Sede contiene cl\u00e1usulas que permitir\u00edan a Espa\u00f1a solicitar un ajuste de sus obligaciones con arreglo al Acuerdo para adaptarlas al Derecho comunitario. En primer lugar, el Acuerdo establece que \u00abel Estado no puede ni desconocer ni prolongar indefinidamente obligaciones jur\u00eddicas contra\u00eddas en el pasado\u00bb con la Santa Sede.<br \/>\nEn segundo lugar, prev\u00e9 que dichas obligaciones se ajustar\u00e1n en caso de que \u00abse modifique sustancialmente el ordenamiento jur\u00eddico espa\u00f1ol\u00bb. Esto es exactamente lo que sucedi\u00f3 cuando Espa\u00f1a se adhiri\u00f3 a la Comunidad Europea y asumi\u00f3 la obligaci\u00f3n de cumplir la legislaci\u00f3n comunitaria (el acervo comunitario).<br \/>\nEl IVA es un impuesto que ha sido armonizado a nivel comunitario para garantizar que los bienes y servicios puedan circular libremente dentro del mercado interior. Este impuesto pretende ser un impuesto neutral sobre el consumo y aplicarse independientemente del receptor de los bienes. Las normas del IVA obligan a un Estado miembro a gravar con dicho impuesto en la medida en que ninguna norma concreta permita una exenci\u00f3n u otra excepci\u00f3n respecto de las normas b\u00e1sicas. La Comisi\u00f3n, como guardiana del Tratado CE, est\u00e1 obligada a velar por que los Estados miembros apliquen correctamente estas normas y a tomar medidas en caso de que no lo hagan. Permitir a un Estado miembro apartarse de las normas en un caso ser\u00eda injusto para otros Estados miembros que desearan hacer lo mismo en otros casos. Ahora bien, la Comisi\u00f3n ha dejado claro a las autoridades espa\u00f1olas que ello no impedir\u00e1 a Espa\u00f1a mantener el resultado financiero final compensando a la Iglesia Cat\u00f3lica por una parte o la totalidad del impuesto que pueda tener que pagar a las autoridades fiscales espa\u00f1olas. Ser\u00e1 exclusivamente Espa\u00f1a quien deber\u00e1 decidir esta cuesti\u00f3n.<br \/>\nLa informaci\u00f3n m\u00e1s reciente disponible sobre procedimientos de infracci\u00f3n relativos a todos los Estados miembros puede hallarse \u00ab<a href=\"http:\/\/europa.eu.int\/comm\/secretariat_general\/sgb\/droit_com\/index_en.htm\" target=\"_blank\">en \u00e9sta siguiente p\u00e1gina web<\/a>\u00ab.<\/p><\/blockquote>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>La Comisi\u00f3n pide a Espa\u00f1a que modifique el trato dado a las entregas de bienes con destino a la Iglesia Cat\u00f3lica. La Comisi\u00f3n Europea ha decidido enviar a Espa\u00f1a una solicitud oficial para que adapte al Derecho comunitario ciertos compromisos fiscales que contrajo con arreglo al \u00abAcuerdo entre el Estado espa\u00f1ol y la Santa Sede&hellip;&nbsp;<a href=\"https:\/\/junjan.org\/wordpress\/2005\/12\/aleluya\/\" rel=\"bookmark\">Leer m\u00e1s &raquo;<span class=\"screen-reader-text\">\u00a1Aleluya!<\/span><\/a><\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":0,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"neve_meta_sidebar":"","neve_meta_container":"","neve_meta_enable_content_width":"","neve_meta_content_width":0,"neve_meta_title_alignment":"","neve_meta_author_avatar":"","neve_post_elements_order":"","neve_meta_disable_header":"","neve_meta_disable_footer":"","neve_meta_disable_title":"","footnotes":""},"categories":[5],"tags":[811,410,812,813],"class_list":["post-692","post","type-post","status-publish","format-standard","hentry","category-actualidad","tag-financiacion","tag-iglesia-catolica","tag-impuestos","tag-obispos"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/junjan.org\/wordpress\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/692","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/junjan.org\/wordpress\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/junjan.org\/wordpress\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/junjan.org\/wordpress\/wp-json\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/junjan.org\/wordpress\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=692"}],"version-history":[{"count":2,"href":"https:\/\/junjan.org\/wordpress\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/692\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":1747,"href":"https:\/\/junjan.org\/wordpress\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/692\/revisions\/1747"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/junjan.org\/wordpress\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=692"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/junjan.org\/wordpress\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=692"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/junjan.org\/wordpress\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=692"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}